Política

TSE cambia criterio para repartición de recursos económicos y colocación en boleta electoral

SANTO DOMINGO.- Tras varios meses debate en las distintas audiencias celebradas, el Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló las resoluciones 07-2025 y 08-2025 emitidas por la Junta Central Electoral (JCE), mediante las cuales se categoriza a las organizaciones políticas para fines de financiamiento público y dispone el orden numérico que estas tendrán en las boletas electorales del proceso del 2028.

La ley 33-18, sobre Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, indica en su artículo 61 que los recursos económicos, y por default su orden en la boleta electoral, señala que los mismos serán repartidos a partir de lo que hayan obtenido en la “última elección”.

Esa “última elección” fue interpretada, hasta las resoluciones mencionadas, eran referencia a las celebradas el 19 de mayo de 2024, donde se disputaron tres niveles electorales, el presidencial, senatorial y las diputaciones, este último, compuesto por las diputaciones territoriales y las de representantes de la comunidad dominicana en el exterior; tomando en cuenta el mayor porcentaje de votación recibido de forma individual por cada partido en cualesquiera de las tres etapas, criterio que había sido adoptado tras una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA).

Sin embargo, tras impugnaciones realizadas de parte de País Posible, Alianza País, entre otros, el TSE se refiere al último “ciclo electoral”, es decir, la alta corte ordena que a partir de este momento se deben de tomar los porcentajes acumulados por los partidos, de manera individual en cada uno de los niveles electorales disputados tanto en las elecciones municipales de febrero (vocalías, regidurías, direcciones municipales y alcaldías) como en las de mayo (presidenciales y congresuales).

Cambios en la boleta electoral

La decisión del TSE provocará cambios en una boleta electoral que ya contenía unas 28 modificaciones con relación a la que fue presentada durante el ciclo del pasado año.

Por ejemplo, en los recursos depositados por País Posible durante el curso del caso, esos señalaron que se le debe asignar la casilla número siete en la boleta electoral ya que llegaron 2.15% de los votos válidos en el nivel de los regidores. En el orden anterior, esa casilla le pertenecería al Partido de Esperanza Democrática (PED), partido liderado por Ramfis Domínguez Trujillo, que habría pasado de la 32 a la siete.

El ascenso se debe al resultado que obtuvo en las elecciones, con Roque Espaillat como candidato presidencial, al quedarse con unos 59,269 votos, equivalente a un 1.36%.

Sin embargo, ese orden deberá ser emitido por la JCE.

Implicaciones en las reparticiones

La decisión del tribunal también tendrá como implicaciones en la forma en que se reparten los recursos del Estado.

La ley electoral señala que el 80%, distribuido en partes iguales entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección, un doce 12%, distribuido entre todos los partidos que hayan alcanzado más del uno por ciento y menos del cinco por ciento; mientras que el restante ocho por ciento será distribuido entre los partidos que hayan alcanzado entre cero punto cero uno por ciento y un uno por ciento.

Utilizando el ejemplo de País Posible, el partido encabezado por Milton Morrison pasaría a estar dentro del segundo criterio.

Unas nuevas resoluciones deben de ser dictadas por la JCE en las próximas semanas.

JAVIER FLORES

Redacción

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